martes, 26 de septiembre de 2017

Legislativo y médicos acuerdan conciliación para casos de negligencia y garantía de 'no objetores' para realizar abortos



En una negociación con el Legislativo, la dirigencia de los médicos logró la modificación de articulados sobre la mala praxis en el proyecto de ley del Código de Sistema Penal. Ahora, la negligencia se amplía al resto de profesiones y se acordó además incorporar la figura de la conciliación en el nuevo texto.

Otro tema en la mesa de negociación fue la problemática del aborto y se acordó que "cada servicio de salud debe garantizar la existencia de médicos no objetores (de conciencia) que brinden el servicio (de interrupción del embarazo)".

Los galenos amenazaban con iniciar medidas de presión por considerar que la tipificación penal establecida en el proyecto de ley penalizaba el ejercicio médico, lo que afectaba el ejercicio de su profesión.

"Se acordó el texto del articulo aplicable a todas las profesiones, cuya denominación será: 'Mala Práctica Profesional' y será aplicable al ejercicio negligente de toda profesión", señala el artículo cuarto del acuerdo firmado esta noche entre los representantes de los galenos y los presidentes de Diputados, Gabriela Montaño, y del Senado, Alberto Gonzales.

La nueva redacción incorporará en el artículo 491 la conciliación, que implica "la posibilidad de acudir a instancias de conciliación u otras formas amigables de solución del conflicto de mayor especificidad".

El presidente del Colegio Médico de Bolivia, Aníbal Cruz, destacó la voluntad política que primó en el Legislativo para alcanzar un acuerdo y comprender -dijo- que el acto médico, en ningún momento, es doloso.


"Con este trabajo que se ha hecho queremos decir a los galenos de Bolivia que estamos garantizando su práctica, no en el ámbito de la impunidad. La poblacion debe estar segura que nosotros trabajamos en el marco de la idoneidad. Con este proyecto vamos a dar seguridad al acto médico y vamos a garantizar que la ciudadanía este bien cuidada", indicó el representante.

Montaño recordó que la actual ley penal carece de la tipología específica para sancionar a los profesiones que actuán con impericia o de manera negligente.

"El 99,99% de los médicos no atienden a sus pacientes para causarles un daño, sino para salvarles la vida, pero también hay casos que malos profesionales actúan de mala manera y los ciudadanos tienen derecho a defenderse", explicó la diputado al finalizar la reunión que acabó con la rúbrica del pacto y el levantamiento de las amenazas de movilizaciones.


Tres tipos de sanciones regirán para los profesionales que cometan negligencia en sus labores: reparación económica, cárcel e inhabilitación en el ejercicio de la profesión

Según Montaño, la máxima pena, incluidos los agravantes, puede llegar a entre 6 y 8 años de privación de libertad.

En lo que respecta al tema del aborto, el acuerdo establece regular de mejor manera la objeción de conciencia. Se clarificó en el texto que la objeción de conciencia es individual "y que a la par cada servicio de salud debe garantizar la existencia de médicos no objetores que brinden el servicio".

El proyecto de ley amplía las causales para el aborto, lo que desató una serie de cuestionamientos de las instancias que defienden la vida desde la concepción. (25/09/2017)

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