domingo, 24 de marzo de 2019

LEY N° 1152 - “HACIA EL SISTEMA ÚNICO DE SALUD, UNIVERSAL Y GRATUITO”

LEY N° 1152
LEY DE 20 DE FEBRERO DE 2019
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente Ley:

LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
DECRETA:

LEY MODIFICATORIA A LA LEY N° 475 DE 30 DE DICIEMBRE DE 2013,
DE PRESTACIONES DE SERVICIOS DE SALUD INTEGRAL
DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA,
MODIFICADA POR LEY Nº 1069 DE 28 DE MAYO DE 2018
“HACIA EL SISTEMA ÚNICO DE SALUD, UNIVERSAL Y GRATUITO”
ARTÍCULO 1. (OBJETO). La presente Ley tiene por objeto modificar la Ley Nº 475 de 30 de diciembre de 2013, de Prestaciones de Servicios de Salud Integral del Estado Plurinacional de Bolivia, modificada por Ley Nº 1069 de 28 de mayo de 2018, para ampliar la población beneficiaria que no se encuentra cubierta por la Seguridad Social de Corto Plazo, con atención gratuita de salud, en avance hacia un Sistema Único de Salud, Universal y Gratuito.
ARTÍCULO 2. (MODIFICACIONES).
I. Se modifica el numeral 2 del Artículo 1 de la Ley Nº 475 de 30 de diciembre de 2013, de Prestaciones de Servicios de Salud Integral del Estado Plurinacional de Bolivia, con el siguiente texto:

“2. Establecer las bases de la atención gratuita, integral y universal en los establecimientos de salud públicos a la población beneficiada.”
II. Se modifica el Artículo 2 de la Ley Nº 475 de 30 de diciembre de 2013, de Prestaciones de Servicios de Salud Integral del Estado Plurinacional de Bolivia, con el siguiente texto:
“ ARTÍCULO 2. (PRINCIPIOS). La presente Ley se rige por los siguientes principios:
1. Eficacia. Dar una respuesta efectiva a los problemas de salud o situaciones que inciden sobre el bienestar de una población y sus individuos e implica la satisfacción de los pacientes, la familia y la comunidad con estos servicios.
2. Equidad. Es el esfuerzo colectivo, social e institucional, para eliminar las desigualdades injustas y evitables en salud, según la diversidad de capacidades y necesidades.
3. Gratuidad. La atención en salud es otorgada sin ningún pago directo de los usuarios en el lugar y momento de la atención.
4. Integralidad. Es la atención de la salud como un conjunto articulado y continuo de acciones de promoción de la salud, prevención de la enfermedad, curación y rehabilitación.
5. Interculturalidad. Es el desarrollo de procesos de articulación y complementariedad entre diferentes medicinas: biomédica, indígena originaria campesina y otras, a partir del diálogo, aceptación, reconocimiento y valoración mutua de sentires, conocimientos y prácticas, con el fin de actuar de manera equilibrada en la solución de los problemas de salud.
6. Intraculturalidad. Es la recuperación, fortalecimiento y revitalización de la identidad cultural de las naciones y pueblos indígena originario campesinos y afro bolivianos con respecto a la salud.
7. Intersectorialidad. Es la intervención coordinada entre los sectores del Estado y con la población organizada, con el fin de actuar sobre las determinantes económicas y sociales que afecten o inciden en la salud, con base en alianzas estratégicas y programáticas.
8. Oportunidad. Los servicios de salud se brindan en el momento y circunstancias que la persona, familia y comunidad los necesiten, sin generar demoras ni postergaciones innecesarias que pudiesen ocasionar perjuicios, complicaciones o daños.
9. Preeminencia de las Personas. Es la prioridad que se da al bienestar y a la dignidad de las personas y comunidades sobre cualquier otra consideración en la interpretación de las normas que desarrollen o afecten el derecho fundamental a la salud.
10. Progresividad. Es la implementación gradual y progresiva de los servicios de salud que se prestan en el Sistema Único de Salud Universal y Gratuito.
11. Solidaridad. Es la concepción de la comunidad boliviana arraigada y unida, como una sola familia, expresada permanentemente en la mutua cooperación y complementación entre las personas, géneros y generaciones, sectores económicos, regiones y comunidades, para alcanzar el ejercicio universal del derecho a la salud y el Vivir Bien.
12. Universalidad. Todos los titulares del derecho a la salud deben tener la misma oportunidad de mantener y recuperar su salud mediante el acceso equitativo a los servicios que el Estado Plurinacional de Bolivia pueda ofrecer, incluyendo el Sistema Único de Salud, Universal y Gratuito, sin ninguna discriminación étnica, racial, social, económica, religiosa, política, de edad o género.
13. Acceso Universal a Medicamentos y Tecnologías en Salud. Es prioridad del Estado asegurar la disponibilidad de medicamentos esenciales y tecnologías sanitarias adecuadas, eficaces, seguras y de calidad, prescriptos, dispensados y utilizados correcta y racionalmente, contemplando la medicina tradicional ancestral boliviana.”
III. Se modifica el Artículo 3 de la Ley Nº 475 de 30 de diciembre de 2013, de Prestaciones de Servicios de Salud Integral del Estado Plurinacional de Bolivia, con el siguiente texto:
“ ARTÍCULO 3. (DEFINICIONES). A efectos de la aplicación e interpretación de la presente Ley, se establecen las siguientes definiciones:
1. Cuarto Nivel de Atención en Salud. Es la red de institutos de salud encargados de ofrecer la más alta tecnología disponible para resolver los problemas de salud que los niveles inferiores le refieren y generar nuevo conocimiento que alimente el desarrollo del sistema de atención sanitaria en su conjunto.
2. Equipo Móvil de Salud. Es un equipo multidisciplinario de profesionales y técnicos de salud que realiza atención en lugares alejados o en aquellos que no son cubiertos por el personal de los establecimientos de salud.
3. Fragmentación en Salud. Significa que los diferentes elementos del sistema de salud no se articulan ni coordinan entre sí, provocando superposiciones, vacíos e ineficiencia.
4. Infraestructura Sanitaria. Se refiere a la infraestructura física de establecimientos de salud para la atención de la población.
5. Longitudinalidad. Es la relación interpersonal de largo aliento que el médico o el equipo de salud establece con la persona, su familia y su comunidad, coordinando y resolviendo la atención de todos los problemas de salud a lo largo del ciclo de vida, promoviendo una vida sana y económicamente productiva.
6. Modelo de Atención en Salud. Es la forma como se organiza el proceso de atención integral en salud de toda la población boliviana, para el ejercicio efectivo del derecho a la salud.
7. Primer Nivel de Atención en Salud. Es el conjunto de establecimientos de salud cuya principal función es servir de punto de contacto inicial, permanente y privilegiado de personas, familias y comunidades con el sistema de salud y brindar el acceso más cercano posible a la atención sanitaria. Realiza, sobre todo, actividades de promoción de la salud y prevención de la enfermedad, pero también ofrece servicios de atención médica general, enfermería y, de acuerdo al tipo de establecimiento, consulta especializada ambulatoria, odontología, internación y exámenes complementarios de baja complejidad, suficientes para resolver la mayoría de los problemas de salud más frecuentes.
8. Segundo Nivel de Atención en Salud. Es la red de hospitales que ofrece servicios en, al menos, las especialidades básicas de: Medicina Interna, Ginecología y Obstetricia, Cirugía General, Pediatría y Anestesiología, que dan atención a la mayoría de los casos que requieren hospitalización o atención especializada que el primer nivel no puede ofrecer. También realiza actividades de promoción de la salud y prevención de la enfermedad, pudiendo contar con otras especialidades de acuerdo al perfil epidemiológico local.
9. Segmentación en Salud. Significa que distintos grupos de población, de acuerdo a su condición social, económica y laboral, tienen acceso diferente a servicios de salud, de distintas calidades, con gestores y financiadores también diferentes, conduciendo a la inequidad.
10. Tercer Nivel de Atención en Salud. Es la red de hospitales, generales o especializados, con alta capacidad resolutiva y tecnológica cuyos servicios de salud que por su complejidad, no se pueden atender eficientemente en la red de establecimientos de primer y segundo nivel, y que requieren recursos humanos, estructurales o tecnológicos específicos.
11. Productos en Salud. Es el conjunto de servicios individuales de salud (Prestaciones de Salud) que hacen parte de la atención sanitaria y que se relacionan entre sí alrededor del diagnóstico principal que caracteriza a cada caso. Se constituyen en instrumentos para la planificación, control y financiamiento de la atención en salud.
12. Referencia. Es el proceso por el cual un paciente es derivado desde un establecimiento de salud a otro con mayor capacidad resolutiva para que se le otorgue servicios necesarios de diagnóstico y/o tratamiento, asegurando la continuidad de la atención en salud según normativa emitida por el Ministerio de Salud.
13. Contrarreferencia. Es el proceso por el cual un paciente es obligatoriamente derivado desde el establecimiento de mayor complejidad al establecimiento de salud de primer nivel de atención donde está adscrito en cuanto le fueron otorgados los servicios de diagnóstico y/o tratamiento que necesitaba, asegurando la continuidad de la atención en salud según normativa emitida por el Ministerio de Salud.”
IV. Se modifica el Artículo 4 de la Ley Nº 475 de 30 de diciembre de 2013, de Prestaciones de Servicios de Salud Integral del Estado Plurinacional de Bolivia, con el siguiente texto:
“ ARTÍCULO 4. (ÁMBITO DE APLICACIÓN). La presente Ley tiene como ámbito de aplicación el nivel central del Estado, las Entidades Territoriales Autónomas y las entidades del Subsector Público de Salud.”
V. Se modifica el nombre del Capítulo II y el Artículo 5 de la Ley Nº 475 de 30 de diciembre de 2013, de Prestaciones de Servicios de Salud Integral del Estado Plurinacional de Bolivia, modificado por el Parágrafo I del Artículo 2 de la Ley Nº 1069 de 28 de mayo de 2018, con el siguiente texto:
“ CAPÍTULO II
BENEFICIARIAS Y BENEFICIARIOS, PRODUCTOS, PRESTACIONES
Y ACCESO A LA ATENCIÓN INTEGRAL DE SALUD”
“ ARTÍCULO 5. (BENEFICIARIOS).
I. Son beneficiarios de la atención integral en salud de carácter gratuito en el Subsector Público de Salud:
a) Las bolivianas y los bolivianos que no están protegidos por el Subsector de la Seguridad Social de Corto Plazo.
b) Las personas extranjeras que no están protegidas por el Subsector de la Seguridad Social de Corto Plazo, en el marco de instrumentos internacionales, bajo el principio de reciprocidad y en las mismas condiciones que las y los bolivianos, de acuerdo a la presente Ley.
c) Las personas extranjeras que se encuentran en el Estado Plurinacional de Bolivia no comprendidas en el inciso b) del presente artículo y que pertenezcan a los siguientes grupos poblacionales:
1. Mujeres embarazadas, desde el inicio de la gestación hasta los seis (6) meses posteriores al parto;
2. Mujeres respecto a atenciones de salud sexual y reproductiva;
3. Niñas y niños menores de cinco (5) años de edad;
4. Mujeres y hombres a partir de los sesenta (60) años de edad;
5. Personas con discapacidades que se encuentren calificadas de acuerdo a normativa vigente.
II. Los servicios de salud ofertados por el nivel central del Estado y las entidades territoriales autónomas, se otorgarán de manera coordinada y complementaria.”
VI. Se modifica el Artículo 6 de la Ley Nº 475 de 30 de diciembre de 2013, de Prestaciones de Servicios de Salud Integral del Estado Plurinacional de Bolivia, con el siguiente texto:
“ ARTÍCULO 6. (ATENCIÓN EN SALUD). La atención en salud universal y gratuita, se prestará con base en Productos en Salud de manera progresiva, en el marco de la Política de Salud Familiar Comunitaria Intercultural – SAFCI y protección financiera de salud, de acuerdo a Reglamento específico del Ministerio de Salud.”
VII. Se modifica el Artículo 7 de la Ley Nº 475 de 30 de diciembre de 2013, de Prestaciones de Servicios de Salud Integral del Estado Plurinacional de Bolivia, modificado por el Parágrafo II del Artículo 2 de la Ley Nº 1069 de 28 de mayo de 2018, con el siguiente texto:
“ ARTÍCULO 7. (ACCESO DE LA POBLACIÓN A LA ATENCIÓN EN SALUD).
I. El acceso de la población a la atención en salud, se realizará a través de las siguientes vías:
a) Los pacientes deberán acceder obligatoriamente a través de los establecimientos de salud del Primer Nivel de Atención del subsistema público y los equipos móviles, con preferencia mediante el establecimiento al que se encuentra adscrito;
b) El acceso al Segundo Nivel de Atención será exclusivamente mediante referencia del Primer Nivel de Atención;
c) El acceso al Tercer Nivel de Atención, será exclusivamente mediante referencia del Segundo o Primer Nivel de Atención;
d) El acceso a los establecimientos de Cuarto Nivel de Atención, sólo se realizará por referencia de los establecimientos de Tercer Nivel de Atención;
e) Los servicios públicos de salud se encuentran obligados a brindar atención preferente en la prestación de servicios y en los trámites administrativos a personas en situación de vulnerabilidad, incluyendo de forma enunciativa más no limitativa, a: mujeres, niñas, niños, adolescentes, adultos mayores, personas con discapacidad y miembros de Pueblos Indígena Originario Campesinos, comunidades interculturales y afrobolivianas;
f) El Ministerio de Salud regulará el sistema de referencia y contrarreferencia con el propósito de garantizar la continuidad de la atención y que los servicios se otorguen en los establecimientos de salud más adecuados para cada caso.
II. Se exceptúa de lo establecido en el Parágrafo precedente, los casos de emergencia que deben ser atendidos inmediatamente en cualquier nivel de atención en salud.
III. El Ministerio de Salud reglamentará todos los procesos para el acceso de la población a la atención universal y gratuita.”
VIII. Se modifica el Artículo 9 de la Ley Nº 475 de 30 de diciembre de 2013, de Prestaciones de Servicios de Salud Integral del Estado Plurinacional de Bolivia, con el siguiente texto:
“ ARTÍCULO 9. (FONDOS DEL TESORO GENERAL DE LA NACIÓN).
I. El Tesoro General de la Nación financiará los recursos humanos en salud del subsector público y el funcionamiento de los Programas Nacionales de Salud.
II. El financiamiento de los Productos en Salud correspondientes al Tercer y Cuarto Nivel de Atención, serán cubiertos con recursos provenientes del Tesoro General de la Nación, conforme las políticas implementadas por el gobierno del Estado Plurinacional.”
IX. Se modifica el Artículo 10 de la Ley Nº 475 de 30 de diciembre de 2013, de Prestaciones de Servicios de Salud Integral del Estado Plurinacional de Bolivia, modificado por el Parágrafo III del Artículo 2 de la Ley Nº 1069 de 28 de mayo de 2018, con el siguiente texto:
“ ARTÍCULO 10. (FONDOS DE LOS GOBIERNOS AUTÓNOMOS MUNICIPALES E INDÍGENA ORIGINARIOS CAMPESINOS).
I. Los Gobiernos Autónomos Municipales e Indígena Originario Campesinos, financiarán la atención a su población en el Primer y Segundo Nivel de Atención con los recursos provenientes del quince punto cinco por ciento (15.5%) de la Coparticipación Tributaria Municipal o el equivalente del IDH.
II. Los Gobiernos Autónomos Municipales e Indígena Originario Campesinos, a fin de garantizar el acceso a la salud de su población en el primer y segundo nivel de atención, destinarán un porcentaje mayor al quince punto cinco por ciento (15.5%) señalado en el Parágrafo anterior u otros recursos adicionales, cuando el mismo sea insuficiente.
III. Los Gobiernos Autónomos Municipales e Indígena Originario Campesinos deberán priorizar la provisión y reposición oportuna y continua de medicamentos, insumos y reactivos necesarios para garantizar la continuidad de la atención a las beneficiarias y los beneficiarios.
IV. Cumplido lo establecido en el Parágrafo precedente y en caso de existir saldos anuales acumulados de recursos en la “Cuenta de Salud Universal y Gratuita”, serán reprogramados para las atenciones de salud de la siguiente gestión o podrán ser utilizados en el siguiente orden de prioridades, para el fortalecimiento de equipamiento e infraestructura en salud, programas especiales de salud o contratación de recursos humanos de los establecimientos de salud.
V. Los Gobiernos Autónomos Municipales e Indígena Originario Campesinos administrarán estos recursos mediante una cuenta corriente fiscal específica, denominada “Cuenta de Salud Universal y Gratuita”.
VI. El presupuesto para establecimientos de salud de Primer Nivel de Atención, se realizará con base a criterios poblacionales, de accesibilidad y cobertura de servicios promocionales y preventivos y en la programación de servicios curativos, según reglamentación específica emanada por el Ministerio de Salud.
VII. El presupuesto para establecimientos de salud de Segundo Nivel de Atención, se realizará con base en la programación de servicios curativos enmarcados en los Productos en Salud definidos por el Ministerio de Salud.
VIII. Se establecen los cobros y pagos intermunicipales en salud con fondos de la “Cuenta de Salud Universal y Gratuita” para garantizar el financiamiento de la atención en salud de la población adscrita.
IX. Los Gobiernos Autónomos Municipales e Indígena Originario Campesinos, tienen la obligación de realizar el pago por los Productos en Salud otorgados a su población beneficiaria en establecimientos de salud de otros Municipios, en un plazo de veinte (20) días hábiles administrativos a partir de la solicitud de reembolso realizada por los Gobiernos Autónomos Municipales o Indígena Originario Campesinos.
X. En caso de incumplimiento de lo establecido en los Parágrafos VIII y IX del presente Artículo, se autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, efectuar el Débito Automático u Orden de Pago; a este fin, el Ministerio de Salud emitirá un informe técnico y legal de manera previa al débito.
La ejecución del Débito Automático u Orden de Pago a las cuentas de salud universal y gratuita, podrá efectivizarse cuando la obligación tenga como objeto la realización de pagos intermunicipales en salud.
XI. El plazo máximo de presentación de solicitudes de pago de deudas intermunicipales de una gestión fiscal, será hasta el treinta y uno (31) de enero de la siguiente gestión; de no hacerlo, la entidad acreedora deberá asumir las obligaciones financieras con sus recursos.
XII. El nivel central del Estado pagará a los Gobiernos Autónomos Municipales e Indígena Originario Campesinos por Productos en Salud de Tercer Nivel de Atención brindados por establecimientos de salud de Segundo Nivel de Atención, sujeto a Reglamentación específica del Ministerio de Salud.
XIII. Los Gobiernos Autónomos Municipales e Indígena Originario Campesinos, pagarán por los productos en salud otorgados en el Tercer Nivel de Atención, cuando se trate de casos cuya referencia no esté justificada, de acuerdo a Reglamentación específica del Ministerio de Salud.”
X. Se modifica el Artículo 14 de la Ley Nº 475 de 30 de diciembre de 2013, de Prestaciones de Servicios de Salud Integral del Estado Plurinacional de Bolivia, con el siguiente texto:
“ ARTÍCULO 14. (FINANCIAMIENTO DE PRESTACIONES EXTRAORDINARIAS DE SALUD). Las Entidades Territoriales Autónomas, en el marco de sus competencias y responsabilidades en salud, podrán asignar recursos adicionales provenientes de impuestos, regalías o de sus propios recursos, para el financiamiento de prestaciones extraordinarias o programas especiales de promoción, prevención y diagnóstico temprano de enfermedades de alta incidencia, prevalencia y/o alta carga, en el ámbito de su jurisdicción, para las poblaciones más vulnerables, de acuerdo a normativa vigente, que no estén establecidas en el marco de la presente Ley, previa coordinación con el Ministerio de Salud.”
XI. Se incorpora el Capítulo VI en la Ley Nº 475 de 30 de diciembre de 2013, de Prestaciones de Servicios de Salud Integral del Estado Plurinacional de Bolivia, con el siguiente texto:
“ CAPÍTULO VI
SISTEMA ÚNICO DE INFORMACIÓN EN SALUD
Y TECNOLOGÍAS DE LA INFORMACIÓN
ARTÍCULO 18. (SISTEMA ÚNICO DE INFORMACIÓN EN SALUD).
I. El Sistema Único de Información en Salud – SUIS, centralizará e integrará la información de todas las instituciones del Sector Salud en todos sus niveles de atención y gestión, y será administrado por el Ministerio de Salud.
II. Todas las entidades del Sistema Nacional de Salud están obligadas a proporcionar información en formato digital, interoperada y de manera oportuna al SUIS, conforme a Reglamentación.
ARTÍCULO 19. (LINEAMIENTOS).
I. El SUIS se desarrollará bajo los lineamientos de digitalización, interoperabilidad, gestión, administración y uso de tecnologías de información y comunicación, así como de simplificación y control de procesos y procedimientos de la Política Nacional de Gobierno Electrónico.
II. La estructura y funciones del SUIS serán establecidas de acuerdo a Reglamentación específica.
III. El Ministerio de Salud es responsable de coordinar el desarrollo e implementación del SUIS y elaborar su Reglamentación.
ARTÍCULO 20. (COMPONENTES DEL SUIS).
I. El SUIS permite, por medios digitales:
a) La gestión integral de la salud en cuanto a registro de todos los componentes necesarios para la prestación de salud y la administración y asignación de recursos financieros;
b) La gestión o integración de la información de los servicios clínicos y la gestión administrativa-financiera de los establecimientos de salud;
c) La gestión del expediente clínico digital y carpeta familiar;
d) La gestión y análisis de información de salud;
e) Otros que sean establecidos por reglamentación específica.
II. El Ministerio de Salud emitirá los catálogos de datos para la integración de información de salud.
III. La Agencia de Gobierno Electrónico y Tecnologías de Información y Comunicación – AGETIC, brindará asesoramiento y apoyo técnico para el desarrollo e implementación del SUIS.”
DISPOSICIONES ADICIONALES
PRIMERA. El Ministerio de Salud realizará el seguimiento de la ejecución física y financiera de los recursos destinados para la implementación de la presente Ley, mismos que se financiarán al interior de su presupuesto institucional.
SEGUNDA. Para el cumplimiento del Artículo 133, inciso q), de la Ley General de Aduanas, aprobado mediante Ley Nº 1990 de 28 de julio de 1999, la Aduana Nacional y el Ministerio de Economía y Finanzas Públicas priorizarán los procedimientos legales y administrativos para efectivizar la regularización de la importación de medicamentos, insumos y equipos médicos necesarios para la atención en salud.
Todas las observaciones efectuadas por la Aduana Nacional deben ser realizadas en conjunto y por única vez, en consideración de los plazos de regularización establecidos legalmente y en resguardo del derecho a la salud de la población.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
PRIMERA. El Ministerio de Salud, de manera excepcional, podrá adquirir productos en salud específicos del Subsector Privado, hasta lograr el fortalecimiento del Subsector Público de Salud, conforme a Reglamentación especifica.
SEGUNDA.
I. Se autoriza de manera excepcional al Ministerio de Salud y a las Entidades Territoriales Autónomas, durante las gestiones 2019, 2020 y 2021, a suscribir contratos adicionales con profesionales especializados en salud, que prestan servicios en establecimientos de salud del Subsector Público. La lista de especialidades médicas, será emitida mediante norma expresa del Ministerio de Salud.
II. Los contratos adicionales a ser suscritos, deberán considerar la prestación de servicios por medio tiempo, no pudiendo concurrir dos tiempos completos, y las normas básicas de contratación de bienes y servicios.
III. Los servicios profesionales previstos en la presente Disposición, no serán considerados como una actividad que genere doble percepción, ni son incompatibles con ninguna actividad pública o privada, independientemente de la carga horaria de trabajo.
DISPOSICIONES FINALES
PRIMERA. El nivel central del Estado podrá otorgar recursos financieros para garantizar la universalidad y gratuidad de los servicios de salud para la población beneficiaria de la presente ley en establecimientos de salud de Tercer Nivel, Segundo Nivel y Primer Nivel, en sujeción a Reglamentación emitida por el Ministerio de Salud y a la suscripción de convenios intergubernativos entre el Ministerio de Salud y las Entidades Territoriales Autónomas correspondientes.
SEGUNDA. A efectos de implementación del SUIS, el Ministerio de Salud, las Entidades Territoriales Autónomas y otras instancias de salud vinculadas a la prestación de servicios alcanzadas por la presente Ley, deben garantizar el equipamiento y conectividad necesarios para el uso pleno del sistema en todos los establecimientos públicos de salud a nivel nacional, así como otras instancias usuarias de la plataforma.
TERCERA. Todas las entidades públicas y del Sistema Nacional de Salud que resguarden información necesaria para la implementación y uso del SUIS, deberán interoperar sus registros con éste a través de la Plataforma de Interoperabilidad del Estado, en el marco de la Política Nacional de Gobierno Electrónico.
DISPOSICIÓN DEROGATORIA
ÚNICA. Se deroga el Artículo 12 y la Disposición Adicional Única de la Ley N° 475 de 30 de diciembre de 2013, de Prestaciones de Servicios de Salud Integral del Estado Plurinacional de Bolivia.
Remítase al Órgano Ejecutivo para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a los quince días del mes de febrero del año dos mil diecinueve.
Fdo. Adriana Salvatierra Arriaza, Víctor Ezequiel Borda Belzu, Omar Paúl Aguilar Condo, Eliana Mercier Herrera, Nelly Lenz Roso, Norman Lazarte Calizaya.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.
Casa Grande del Pueblo de la ciudad de La Paz, a los veinte días del mes de febrero del año dos mil diecinueve.

FDO. EVO MORALES AYMA, Diego Pary Rodríguez, Juan Ramón Quintana Taborga, Carlos Gustavo Romero Bonifaz, Mariana Prado Noya, Luis Alberto Arce Catacora, Felix Cesar Navarro Miranda MINISTRO DE MINERÍA Y METALURGIA E INTERINO DE HIDROCARBUROS, Lilly Gabriela Montaño Viaña.

sábado, 23 de marzo de 2019

Video El Sistema Unico de Salud es Seguro??

FARMACORP y UNICEF promueven la paternidad responsable

Santa Cruz , marzo 2018.- Farmacorp y UNICEF a 30 años de la promulgación universal de la Convención de los Derechos del Niño se alían para promover la paternidad responsable con el propósito de que los papás de hoy encuentren el placer en el ejercicio pleno de su paternidad, empiecen a vivir y generar ambientes armónicos en sus familias y para sus hijos, de esta manera podrán ser menos violentos en sus hogares, sus vidas y romper el círculo de la reproducción de la violencia.
Este proyecto va de la mano con la firma de convenio de la cadena de farmacias FARMACORP y UNICEF que permite realizar un aporte anual, que serán destinados a programas de apoyo a la niñez y adolescencia en diferentes áreas: salud, nutrición, agua y salud.
“Nos sentimos muy preocupados por el alto grado de violencia hacia la niñez en Bolivia, cerca de 90 denuncias al mes de maltrato infantil en nuestro país, dato que es realmente alarmante, motivo por el cual asumimos la responsabilidad como empresa de contribuir en la construcción de una mejor sociedad” declaró Sissi Añez, Gerente de RSE de Farmacorp.
Es importante ver a los padres jugar con sus hijos porque es una de las mejores formas de construir vínculos afectivos.
Cuando un padre juega con su hijo o hija, activa la liberación de ciertos neurotransmisores (como la dopamina y adrenalina), que generan una sensación de bienestar, propicia para el aprendizaje.
Cuando un padre juega con su hijo o hija, le ayuda a desarrollar habilidades sociales como: compartir, negociar, resolver conflictos, incrementa su resiliencia y le ayuda a enfrentar temores.
Los padres también disfrutan de los momentos de cercanía con sus hijos, de las canciones de cuna, de sentirles en el pecho, de escuchar cómo respira, de saber que esa pequeña criatura crecerá a su lado y se convertirá en una u otra persona dependiendo de la educación que le proporcione diariamente.

“Es fundamental transmitir que la comunicación y el diálogo es la vía para solventar discrepancias y no la agresividad o el insulto. Ser amables, tolerantes y respetuosos con los demás no debe ser la excepción, sino la regla.” añadió la ejecutiva.


Cifras alarmantes

Según el estudio Conocimientos, Actitudes y Prácticas (CAP), realizado en El Alto e Independencia a finales del 2018, se tienen los siguientes datos.
Paternidad responsable (Independencia)

  • 57,2 % de los padres no han asistido nunca a algún control prenatal con su pareja
  • Sólo 3 de cada 100 hombres acompaño alguna vez a su hija/o enfermo al centro de salud
  • 61,9% de padres y 24,3% de madres rara vez o nunca les canta a sus niños/as
  • 25% no responde de manera de manera adecuada ante las demandas del niño/a desobediencia (riñe, castiga físicamente, sacude, quita los juguetes, no le habla, amenaza con castigos más fuertes)


Paternidad responsable (El Alto)


  •  1 de cada 20 padres está a cargo del cuidado de los menores de 5 años
  • 43% de los padres acompaño a su pareja o esposa a por lo menos un control prenatal
  • 39% de los padres alzó a su hijo recién nacido
  • 8% de los padres acompañó alguna vez a la madre al control de salud de los niños menores de 5 años.

Acerca de Farmacorp

Farmacorp es una organización cuya misión es contribuir a la salud, belleza y bienestar de la familia boliviana. Está presente en Santa Cruz, La Paz, Cochabamba, Tarija, Oruro, Chuquisaca y Beni. La firma provee más de 1.600 empleos directos y es una fuente laboral y centro de formación para cerca de 500 profesionales de Bioquímica y Farmacia. Es la Cadena de Farmacias más grande de Bolivia, brindando servicios de calidad a la familia boliviana, con presencia en los 9 departamentos del país y 103 sucursales a nivel nacional. Estamos entre las 100 empresas que más aportan al país, pero somos la número 1 en contribuir con la salud y el bienestar familiar. Para mayor información, por favor visite: www.farmacorp.com





Video Hospital de la Mujer Triplica la atención por el SUS y se queda sin Insumos!!!

miércoles, 20 de marzo de 2019

LEY N° 1148 - Se aprueba el Contrato de Préstamo N° 4612/BL-BO suscrito entre el EPB y el BID, en fecha 21 de diciembre de 2018, por un monto de hasta $us275.000.000

LEY N° 1148
LEY DE 18 DE FEBRERO DE 2019
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DEBOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente  Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO.
I.            De conformidad a lo establecido en el numeral 10 del Parágrafo I del Artículo 158 de la Constitución Política del Estado, se aprueba el Contrato de Préstamo N° 4612/BL-BO suscrito entre el Estado Plurinacional de Bolivia y el Banco Interamericano de Desarrollo – BID, en fecha 21 de diciembre de 2018, por un monto de hasta $us275.000.000.- (Doscientos Setenta y Cinco Millones 00/100 Dólares Estadounidenses), destinados a financiar la ejecución del “Programa de Mejora de la Accesibilidad a los Servicios de Salud Materna y Neonatal en Bolivia”.
II.          Se autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, a través del Tesoro General de la Nación – TGN, asumir el repago de las obligaciones, así como el servicio de la deuda, que sean contraídas en la ejecución del Contrato de Préstamo N° 4612/BL-BO, aprobado por la presente Ley.
Remítase al Órgano Ejecutivo para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a los seis días del mes de febrero del año dos mil diecinueve.
Fdo. Adriana Salvatierra Arriaza, Víctor Ezequiel Borda Belzu, Omar Paúl Aguilar Condo, Víctor Hugo Zamora Castedo, Sandra Cartagena López, Nelly Lenz Roso.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.
Casa Grande del Pueblo de la ciudad de La Paz, a los dieciocho días del mes de febrero del año dos mil diecinueve.
FDO. EVO MORALES AYMA, Diego Pary Rodríguez, Juan Ramón Quintana Taborga, Mariana Prado Noya, Luis Alberto Arce Catacora, Lilly Gabriela Montaño Viaña.

LEY N° 1147 - Se aprueba el Contrato de Préstamo Nº 8868-BO, suscrito entre el EPB y el BIRF del Banco Mundial

LEY N° 1147
LEY DE 18 DE FEBRERO DE 2019
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente  Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO.
I.            De conformidad a lo establecido en el numeral 10 del Parágrafo I del Artículo 158 de la Constitución Política del Estado, se aprueba el Contrato de Préstamo Nº 8868-BO, suscrito entre el Estado Plurinacional de Bolivia y el Banco Internacional de Reconstrucción y Fomento – BIRF del Banco Mundial, en fecha 21 de diciembre de 2018, por un monto de hasta $us252.000.000.- (Doscientos Cincuenta y Dos Millones 00/100 Dólares Estadounidenses), destinados a financiar parcialmente el “Proyecto de Redes de Servicios de Salud”.
II.          Se autoriza al Ministerio de Economía y Finanzas Públicas, a través del Tesoro General de la Nación – TGN, asumir el repago de las obligaciones, como el servicio de la deuda, que sean contraídas en la ejecución del Contrato de Préstamo Nº 8868-BO, aprobado por la presente Ley.

DISPOSICIÓN DEROGATORIA
ÚNICA. Se derogan parcialmente los incisos j), o) y s) de la Disposición Final Cuarta de la Ley N° 1135 de 20 de diciembre de 2018, del Presupuesto General del Estado – Gestión 2019, en la siguiente forma:
1)      En el inciso j), el Artículo 17 de la Ley N° 317 de 11 de diciembre de 2012.
2)      En el inciso o), el Artículo 8 de la Ley N° 742 de 30 de septiembre de 2015.
3)      En el inciso s), la Disposición Transitoria Primera de la Ley N° 975 de 13 de septiembre de   2017.
Remítase al Órgano Ejecutivo para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a los seis días del mes de febrero del año dos mil diecinueve.
Fdo. Adriana Salvatierra Arriaza, Víctor Ezequiel Borda Belzu, Omar Paúl Aguilar Condo, Víctor Hugo Zamora Castedo, Sandra Cartagena López, Nelly Lenz Roso.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.
Casa Grande del Pueblo de la ciudad de La Paz, a los dieciocho días del mes de febrero del año dos mil diecinueve.
FDO. EVO MORALES AYMA, Diego Pary Rodríguez, Juan Ramón Quintana Taborga, Mariana Prado Noya, Luis Alberto Arce Catacora, Lilly Gabriela Montaño Viaña.

martes, 19 de marzo de 2019

Video Hospital de la Mujer, sin Quirofano y otras deficiencias!!!

El estadio ofrecido por Evo para el Mundial vale por 24 mil ítems de salud



Activistas, políticos y personalidades cuestionaron la propuesta del Gobierno del MAS y del presidente Evo Morales de presentar la candidatura del país como subsede del Mundial de Fútbol 2030, lo que implicaría un gasto de al menos $us 350 millones sólo para un estadio.

Esta cifra, según comparaciones basadas en datos oficiales, equivale a 24 mil ítems en salud, ocho hospitales de tercer nivel equipados (o tres de cuarto nivel), 23 mil viviendas sociales o duplicar el presupuesto actual del Sistema Único de Salud (SUS).

El Gobierno anunció en su video promocional para la postulación a la subsede del Mundial, que el Estado construirá al menos un estadio como el Wanda Metropolitano, propiedad del Atlético de Madrid, club que montó esa infraestructura por 310 millones de euros, es decir, más de $us 350 millones. “Es una locura. Pretenden gastar casi $us 400 millones en un solo estadio para dos partidos del mundial 2030”, señaló el diputado Amilcar Barral (UD).

Para el legislador la obra sería un elefante blanco como sucedió con el Parlamento Suramericano, que costó casi 50 millones de dólares, y el museo de Orinoca, por el que se erogó 8 millones de la misma moneda.

Según datos oficiales, el Gobierno destinó para esta gestión 112.801.507 millones de dólares para la creación de 8.903 recursos humanos entre especialistas, médicos, enfermeras, técnicos, etc. El costo del estadio equivale a más de 24 mil ítems en salud. El déficit actual de estos profesionales en Bolivia es de 30 mil ítems.

Siguiendo con datos oficiales, la Agencia Estatal de Vivienda construye las casas de acceso social con un costo de entre 15 mil y 20 mil dólares. Es decir, que el dinero del estadio serviría para construir al menos 23 mil viviendas de este tipo.

El SUS presupuestó para este años 201 millones de dólares, que servirá para dar atención gratuita al 51% de la población que no tiene acceso a ningún plan de seguridad social a corto plazo. Son 1.200 prestaciones de salud. El dinero del escenario equivale a duplicar este presupuesto.

Asimismo, el costo promedio de un hospital de tercer nivel equipado asciende a cerca de $us 50 millones. En tanto, uno de cuarto nivel, como el Instituto Gastroenterológico que se construye en La Paz, llega a costar entre 100 a 110 millones de dólares. Lo que equivale a ocho hospitales de tercer nivel.

Una unidad educativa totalmente equipada para mil estudiantes tiene un costo de entre Bs 8 a 11 millones de, según datos publicados en notas de prensa del Ministerio de Educación. Es decir, que con el costo del estadio se podría construir y equipar más de 320 unidades educativas modernas.

Opiniones

“Mejor construyan un hospital moderno”, opinó en redes sociales el periodista deportivo Víctor Quispe.

Por su parte, el economista Carlos Zapata publicó en Twitter: “¡Qué lejos estamos de saber identificar nuestras urgencias! La idea de destinar cientos de millones para que Bolivia pueda ser una subsede de un Mundial de fútbol parece una aberración”.

En la misma línea, la exsenadora por el MAS en Cochabamba Carmen Peredo publicó: “Obvio que existen otras prioridades. El domingo vi por lo menos cuatro barrios donde hacían kermés para alguna persona enferma, entre ellos dos niños con cáncer. Entonces qué se debe priorizar”.



350 millones de dólares costaría el estadio que construirá Bolivia para postular a ser subsede del Mundial de Fútbol 2030.



CUATRO PAÍSES POSTULAN A 2030

El presidente de Argentina, Mauricio Macri, será el anfitrión este jueves de un almuerzo en el que se oficializará la candidatura conjunta de Argentina, Chile, Paraguay y Uruguay a ser “países sede” del Mundial 2030, según informó el Clarín.

Hasta ahora, no hubo pronunciamiento de los países respecto a la intención boliviana de ser subsede de la cita mundialista, aunque por las declaraciones parece una idea que se aleja cada día más de hacerse realidad.

Según el video oficial de la postulación boliviana, el Estado construiría al menos un estadio moderno en Santa Cruz o Cochabamba.

martes, 12 de marzo de 2019

Video Piedra Papel y Tinta 10 de Marzo: Sistema Unico de Salud con la Ministra Montaño

Potosi Colegio médico elige su directiva en medio de conflicto por el SUS

El Colegio Médico Departamental de Potosí eligió a su nueva directiva en medio del conflicto nacional del sector por la implementación del Sistema Único de Salud (SUS).

La nueva directiva del Colegio Médico Departamental de Potosí anunció que buscan información para conocer cómo se implementará el sistema que es motivo de preocupación del personal sanitario.

“Como médicos del departamento estamos desconociendo de lo que de verdad se trata este sistema que también va a comprometer de alguna manera a la comunidad”, dijo el médico Fernando Acebey, del frente Unidad Médica de Reivindicación, fue declarado como ganador del proceso electoral.

Añadió que como departamento buscan realizar actividades con los afiliados para emitir los pronunciamientos.

“Estamos un poco alarmados (…) prácticamente ha empezado el SUS, pero no estamos viendo resultados positivos, vemos que los primeros niveles de atención están desabastecidos, con lo que son medicamentos, insumos, no hay equipos médicos, y sobre todo el recurso humano y los horarios de atención no son suficientes”, complementó.

El presidente del comité electoral, Iván Oropeza, informó que el nuevo directorio estará al frente por dos años, hasta 2021. La modalidad es mediante voto directo y secreto, agregó.

“Es el único frente que se ha animado a continuar con este proceso”, dijo. La votación comenzó a las 8:00 y cerró poco después de las 16:00 con presencia de notario de fe pública.

En la jornada de votación estaban habilitados 130 miembros habilitados. Se tuvieron 24 votos en total, de los cuales 18 fueron para el frente, hubo dos blancos y dos nulos, explicó.

De acuerdo con el reglamento, el frente ganador debe haber tenido una mayoría frente a los votos blancos.

Conforme con el reglamento del Colegio Médico, en 15 días se espera la presencia del presidente del Colegio Médico de Bolivia para realizar la posesión correspondiente.

SALIENTES

El presidente saliente del Colegio Médico Departamental de Potosí, Santiago Mamani, informó que no presentaron su repostulación para dar oportunidad a otra candidatura.

“Nosotros estamos cumpliendo con los reglamentos y estatutos, nuestra gestión ha comenzado a fines del mes de septiembre y nosotros hemos terminado, de acuerdo a nuestro reglamentos de dos años de vigencia de la directiva”, dijo.

La primera convocatoria fue anulada por algunas observaciones al comité electoral y esta es la segunda para renovar a la directiva.

A la nueva directiva, Mamani le encomendó hacer el seguimiento de la implementación del Sistema Único de Salud, que cuenta con observaciones en su implementación.

Agregó que si bien no se oponen a la implementación, exigen las condiciones adecuadas. “Como Colegio Médico Departamental hemos observado muchos, en cuanto a recurso humano, como se ve en la prensa, nuestras autoridades, el Ministerio de Salud, primero dan prioridad a compañeros que no están reconocidos, tanto a los que pertenecen a las escuelas cubana y venezolana”, dijo.

Investigación

El ganador del proceso electoral del Colegio Médico Departamental, Fernando Acebey, agregó que entre otras de las propuestas se encuentran fortalecer la parte científica, académica y de investigación.

Además buscan, en coordinación con instituciones públicas, verificar el tema de la salud pública mediante la realización de estudios sobre por ejemplo el cáncer y otros.

Tras conocer la victoria, dijo que buscan cumplir su plan de trabajo en coordinación con los afiliados.

El SUS brinda 346 prestaciones en los centros de primer nivel


La puerta de ingreso al Sistema Único de Salud (SUS) son los centros de primer nivel. Estos brindan a la población 346 prestaciones o servicios gratuitos.

El SUS es un nuevo modelo de atención médica, gratuita y universal que da una cobertura a toda la población no asegurada en el país en los tres niveles.
El primero está integrado por las postas y centros barriales, donde según la ministra de Salud, Gabriela Montaño, se puede resolver el 80% de las enfermedades más comunes de la población. El segundo comprende los hospitales con cuatro especialidades básicas (pediatría, gineco-obstetricia, cirugía general y medicina interna), y el tercero implica un servicio de especialidades.
El primer y el segundo nivel están bajo jurisdicción de las alcaldías, que deben disponer de más del 15,5% de sus recursos de coparticipación tributaria. El tercero pasó a manos del Ministerio de Salud, que destinó 200 millones de dólares adicionales para este año.
La ministra Montaño informó que el nivel inicial debe ofrecer 346 prestaciones, el segundo 259 y el tercero 595.
Una prestación es una atención referida a una dolencia, como dolor abdominal agudo.
De acuerdo con el listado de esos servicios, el primer nivel ofrece promoción de la salud, prevención de enfermedades, enfermedades infecciosas y parasitarias, dolencias endócrinas, metabólicas y nutricionales; así como enfermedades del sistema nervioso, dolencias de ojos, oído y mastoides, enfermedades del sistema cardiocirculatorio y del sistema respiratorio, además de odontológicas y maxilofaciales.
También incluye males del sistema digestivo, de la piel, del sistema osteoarticular y del tejido conectivo y traumatismos, heridas y envenenamientos; además de pruebas de laboratorio, exámenes de gabinete y servicios de telesalud.
Todas estas atenciones son gratuitas, desde el diagnóstico, exámenes y medicación. Los beneficiarios deben registrarse con su carnet de identidad y boleta de pago de algún servicio.

1.- Promoción de la salud:
Educación en salud
Reorientación de los servicios de salud
Alianzas estratégicas
Participación social
Complemento nutricional para el adulto mayor Carmelo

2.- Enfermedades del sistema nervioso
Epilepsia
Migraña
Estado migrañoso
Cefálea
Cefálea tensional

3.- Enfermedades del recién nacido
Asfixia del nacimiento leve y moderada
Atención del recién nacido en estado grave
Onfalitis
Conjuntivitis neonatal

4.- Enfermedades de ojos y anexos
Orzuelo y otras inflamaciones profundas del párpado
Blefaritis
Dacriocistitis aguda
Conjuntivitis aguda bacteriana
Conjuntivitis alérgica

5.- Enfermedades del sistema cardiocirculatorio
Hipertensión arterial
Várices
Hemorroides
Profilaxis secundaria de fiebre reumática


6.- Enfermedades del sistema respiratorio
Faringoamigdalitis estreptocócica
Faringitis aguda
Resfrío común
Laringotraqueitis aguda
Laringitis aguda
Influenza
Bronquitis aguda
Sinusitis aguda
Neumonía no grave
7.- Prevención de enfermedades
Consulta médica preventiva anual (niños, escolares, adolescentes, jóvenes, embarazadas, adultos y adultos mayores)
Consulta de crecimiento con detección de peso y talla normales (menores de 5 años, escolares y adolescentes)
Consulta de desarrollo en menores de 2 años
Toma de papanicolau e IVAA
Prevención de zika en mujeres embarazadas en el primer trimestre
Consulta odontológica preventiva anual (niños, escolares, adolescentes, jóvenes, embarazadas, adultos y adultos mayores)
Prevención de anemia en niños
Prevención de anemia en embarazadas
Prevención de anemia en puérperas (mujer que acaba de dar a luz)
Prevención de deficiencia de vitamina A en niños (1º y 2º dosis)
Prevención de deficiencia de vitamina en puérperas (mujer que acaba de dar a luz)
Desparasitación con Mebendazol
(1º y 2º dosis)
Vacunación regular
8.- Enfermedades endócrinas, metabólicas y nutricionales
Desnutrición aguda moderada (niños de 2 meses a menores de 5 años)
Desnutrición crónica en menores de 2 años
Desnutrición en el adulto mayor
Seguimiento ambulatorio a diabetes mellitus tipo I y II
Deshidratación severa (plan C de rehidratación)
9.- Otros servicios y telesalud
Servicios complementarios pertinentes al primer nivel de atención

10.- Pruebas de laboratorio pertinentes al primer nivel de atención

11.- Exámenes de gabinete pertinentes al primer nivel de atención

12.- Enfermedades del sistema osteoarticular y del tejido conectivo
Artritis
Artrosis
Torticolis
Lumbalgia
Contractura muscular

16.- Servicios de anticoncepción
Método de días fijos
Método de lactancia amenorrea (mela)
Método del ritmo
Inserción de DIU
Inserción de DIU posparto, posaborto
Método de barrera (condón masculino y femenino)
Inserción implante subdérmico
Retiro de implante subdérmico
Inyectable trimestral (depoprovera)
Píldora anticonceptiva
Anticoncepción de emergencia

17.- Atención del embarazo, parto y puerperio
Control prenatal
Control prenatal de alto riesgo obstétrico
Preeclampsia no severa
Emesis del embarazo
Herpes gestacional
Atención del parto en establecimiento de salud
Atención del recién nacido
Atención del parto en domicilio por personal de salud
Atención del puerperio inmediato y mediato (hasta 24 horas posparto)
Seguimiento posparto de rutina
Amenaza de parto prematuro
Embarazo postérmino
Desgarro perineal de primer y segundo grado durante el parto
Desgarro vaginal y vulvar
Retención placentaria con y sin hemorragia
Atonia uterina postparto
Choque hipovolémico durante o después del trabajo de parto y el parto
Absceso de pared y episiorrafia infectada
Mastitis
Inducción y conducción del trabajo de parto
Ruptura prematura de membranas (mayor a 36 semanas de embarazo con trabajo de parto)
Atención del parto por partera tradicional
Amenaza de aborto
Aborto incompleto
Choque hipovolémico consecutivo al aborto, embarazo ectópico y embarazo molar

18.- Fisioterapia y rehabilitación
Fisioterapia general, cardiovascular, geriátrica, neurológica, obstétrica y respiratoria
Atención temprana en problemas de psicomotricidad
Psicomotricidad neonatal y prenatal
Psicomotricidad en el preescolar, escolar y adolescente
Psicomotricidad en el adulto y adulto mayor
Programa de independencia e integración social
Promoción de la independencia y autonomía
Terapia ocupacional física
Terapia ocupacional intelectual

19.- Traumatismos, heridas y envenenamientos
Atención de la violencia sexual
Epistaxis
Taponamiento nasal anterior
Tratamiento durante la prerreferencia y referencia obstétrica, traumatológica, neonatal, quirúrgica para bebés, niños, adolescentes, adultos y ancianos
Traslado de emergencias
Choque hipovolémico
Desnutrición aguda grave (manejo inicial prerreferencia)
Cuerpo extraño en parte externa del ojo
Contusiones superficiales
Fracturas cerradas (inmovilización y referencia)
Esguinces y luxaciones
Heridas de la cabeza, del cuello, del tórax, del abdomen, de la región lumbosacra y de la pelvis
Heridas del hombro, brazo, antebrazo, codo, muñeca, mano, cadera y del muslo
Heridas de la pierna, del tobillo, del pie y de múltiples regiones del cuerpo
Traumatismo craneoencefálico leve (contusión cerebral)
Quemadura de primer grado de la cabeza, cuello, cadera, miembro inferior, muñeca, mano, hombro, miembro superior, tobillo, pie y del tronco.
Quemadura de primer grado, región del cuerpo no especificada (menor a 15%)
Mordedura de rata
Mordedura o ataque de perro
Mordedura o ataque de otros mamíferos

20.- Enfermedades de la piel y anexos
Impétigo y piodermitis
Abscesos superficiales (forúnculos y antrax)
Celulitis no facial
Ectima
Acné
Dermatitis de contacto
Dermatitis de pañal
Urticaria
Fotodermatosis
Queratosis seborreica
Uña encarnada
Exéresis de lesiones dermatológicas pequeñas

21.- Enfermedades odontológicas y maxilofaciales
Profilaxis-limpieza dentaria
Sellado de fosas y fisuras
Tartrectomia
Fluoración
Caries
Alveolitis
Absceso periapical agudo
Periodontitis
Pulpitis aguda
Necrosis de la pulpa - gangrena pulpar
Pulpitis crónica en niños (pulpotomia por pieza dentaria)
Degeneraciones de la pulpa
Obturación con resina fotopolimerizable
Absceso periapical con fístula
Radiografías periapicales
Exodoncia en piezas permanentes
Radiografía panorámica dental
Retención de terceros molares
Granulomas (cirugía ambulatoria maxilo facial menor)
Hiperplasia gingival
Fractura dentoalveolar
Infección de origen dentario (tratamiento ambulatorio)
Gingivitis
Abscesos periodontales (tratamiento no quirúrgico)
Periodontitis crónica

22.- Enfermedades infecciosas y parasitarias
Cólera
Salmonelosis
Fiebre tifoidea
Disentería bacilar
Coqueluche
Erisipela
Amebiasis
Giardiasis
Malaria por plasmodium falciparum
Malaria por plasmodium vivax
Enfermedad de Chagas crónico
Toxoplasmosis
Leishmaniasis (cutánea y mucocutánea)
Sífilis
Gonorrea
Conjuntivitis gonocócica
Linfogranuloma venéreo por clamidias
Clamidiasis
Chancroide (chancro blando)
Tricomoniasis
Candidiasis vaginal
Herpes genital
Condilomatosis
Síndrome de edema de escroto
Síndrome de bubón inguinal (linfogranuloma venéreo y chancroide)
Síndrome de flujo vaginal
Síndrome de dolor abdominal bajo crónico
Síndrome de úlcera genital
Sarampión
Rubéola
Parotiditis infecciosa (paperas)
Dengue clásico
Zika
Gingivoestomatitis por herpes simple
Varicela
Herpes zóster
Verruga vulgar
Molusco contagioso
Tiña de la barba y del cuero cabelludo
Tiña del pie (tiña pedis)
Micosis cutánea
Moniliasis oral
Ascariasis sin obstrucción intestinal
Cisticercosis
Cisticercosis del tejido celular subcutáneo
Distomatosis hepática (fasciolasis)
Enterobiasis (oxiuriosis)
Estrongiloidiasis
Hymenolepsiasis
Larva migrans cutánea
Teniasis
Trichuriasis
Uncinariasis (anquilostomiasis y necatoriasis)
Tuberculosis pulmonar (esquema I, II y III)
Tuberculosis extrapulmonar (esquema I, II y III)
Tratamiento antituberculoso quimioprofiláctico
Lepra paucibacilar
Lepra multibacilar
Pediculosis y phthiriasis
Sarcoptosis (escabiosis)
Miasis

Salud invierte Bs 16 MM para fármacos oncológicos



La ministra de Salud, Gabriela Montaño, informó ayer que desde 2018 se invirtieron 16 millones de bolivianos en medicamentos para el cáncer infantil.

“Desde el año pasado hasta ahora estaríamos entregando más de 16 millones de bolivianos en medicamentos”, explicó en conferencia de prensa.

Montaño precisó que ayer se entregó al Hospital Oncológico de la ciudad de Santa Cruz medicamentos destinados a niños con cáncer por un valor de 168.750 bolivianos.

Según datos del Programa de Lucha contra el Cáncer del Ministerio de Salud, cada año se registran en el país más de 100 nuevos casos de cáncer en niños.

El año pasado se reportaron 148 enfermos.

Gobierno realiza esfuerzos para llegar a acuerdos con 3 regiones



El Ministerio de Salud realiza esfuerzos para que las gobernaciones de Tarija y Santa Cruz suscriban los convenios intergubernativos para aplicar el Sistema Único de Salud (SUS). Además, avanzan las negociaciones con la Gobernación y Alcaldía de La Paz y el municipio de El Alto.

La titular del área, Gabriela Montaño, informó ayer que su cartera envió un equipo técnico hasta el departamento tarijeño para que se reúna con sus pares de la Gobernación en busca de llegar a acuerdos.

Además, indicó que remitió una carta al gobierno departamental cruceño para reconducir las negociaciones.

“En todos los casos esperamos que haya un cambio de actitud en las autoridades. Vamos a hacer todos los esfuerzos para firmar esos convenios intergubernativos con Tarija, Santa Cruz y La Paz”, señaló en conferencia de prensa.

Para el departamento de La Paz se aguarda un informe del Servicio Estatal de Autonomías (SEA), pues el gobernador Félix Patzi puso esa condición para adscribirse al nuevo esquema de atenciones gratuitas.

En el municipio de la sede de gobierno está en curso la mesa técnica instalada la semana pasada para ponerse de acuerdo en la aplicación del SUS.

En el caso de El Alto, Montaño informó que mañana se reunirá con la alcaldesa Soledad Chapetón.

Debido a la falta de estos acuerdos, el SUS no se implementó aún en los terceros niveles de La Paz, Santa Cruz y Tarija, tampoco en los municipios de La Paz y El Alto. Sin embargo, ayer los médicos colegiados de La Paz anunciaron el inicio de este servicio en la hoyada paceña, por lo que los medios de comunicación acudieron a los centros de salud para corroborar las atenciones.

Montaño calificó de una “contradicción” la actitud del Colegio Médico de La Paz, que por un lado pide ítems y equipamiento, y por el otro conmina al gobernador Félix Patzi a no firmar ese pacto.

El Gobierno destinó 200 millones de dólares para la puesta en marcha del SUS en los nosocomios de tercer nivel de todo el país, pero esos recursos no se pueden ejecutar en las tres regiones donde aún no firmaron los acuerdos solicitados.

Presión social

Frente a la incertidumbre en las tres regiones, las organizaciones sociales, las federaciones de municipios y concejales advirtieron ayer que iniciarán movilizaciones de presión para que las autoridades respectivas den curso al sistema único.

El presidente de la Asociación de Municipios de Santa Cruz (Amdecruz), Rodolfo Vallejos, amenazó con el inicio de protestas junto con las organizaciones cruceñas para que el gobernador Rubén Costas firme el documento. Además, la Federación de Juntas Vecinales (Fejuve) de El Alto dio un plazo de 72 horas al gobernador Patzi para que haga lo propio.

Sectores sociales y campesinos de Tarija también se declararon en emergencia, y exigen que el gobernador Adrián Oliva suscriba el pacto.

El concejal del MAS en la Alcaldía de La Paz, Jorge Silva, anunció que estudia la posibilidad de presentar una acción popular o un amparo constitucional en contra de Luis Revilla.

El SUS y la seguridad social son sistemas distintos

La ministra de Salud, Gabriela Montaño, volvió a aclarar ayer que el Sistema Único de Salud no afecta a la seguridad social de corto plazo, pues los beneficiarios del SUS se atienden en el subsistema público.

De esa manera, rechazó las afirmaciones de algunos dirigentes del magisterio urbano paceño, que acusaron al nuevo modelo de asaltar a los seguros de los trabajadores.

“Las cajas seguirán funcionado como lo han hecho hasta ahora. No tiene nada que ver el SUS con la seguridad social de corto plazo, ni su infraestructura, ni sus medicamentos ni sus insumos”, explicó.

Además dijo que los asegurados a las cajas seguirán afiliados y recibirán atención como hasta ahora, y les pidió informarse y no dejarse llevar por afirmaciones que buscan confundir.

El SUS corresponde a los establecimientos públicos de los tres niveles de atención en todo el país.

La cantidad de pacientes subió solo en 10%

En 12 días de vigencia del Sistema Único de Salud (SUS), el flujo de atención en los hospitales de primer, segundo y tercer nivel en los que se aplica el nuevo modelo se incrementó en solo 10%, informó la ministra de Salud, Gabriela Montaño.

Añadió que los establecimientos públicos no colapsaron, como habían pronosticado en varias oportunidades los dirigentes del Colegio Médico de La Paz, que se oponen al nuevo esquema.

Montaño agregó que cada día en promedio 5.000 personas acuden a los establecimientos médicos en busca de atención universal y gratuita.

El SUS comenzó a funcionar el 1 de marzo, con 400 productos de salud y 1.200 prestaciones médicas, y actualmente la cantidad de adscritos a este sistema bordea los 2 millones de personas.

Autonomías concluye que gobernaciones no perderán competencias al firmar convenio para el SUS



El Servicio Estatal de Autonomías (SEA) concluyó que la Ley Nº 1152 del Sistema Único de Salud (SUS) no afecta a las competencias de los Gobiernos Autónomos Departamentales si firman el acuerdo para la implementación de la nueva política de atención gratuita y universal.

“Las cuatro conclusiones presentadas en el informe del SEA, tanto al Ministerio de Salud como a la Gobernación de La Paz, dejan totalmente claro que no se está vulnerando la norma y es absolutamente posible que, de manera inmediata, podamos firmar el convenio intergubernativo entre ambas instituciones”, señaló hoy la titular de la cartera de Salud, Gabriela Montaño, durante una conferencia de prensa.

El pasado 27 de febrero, ambas autoridades acordaron enviar la Ley Nº 1152 al Servicio Estatal de Autonomías para que esta entidad emita un informe sobre su relación con las autonomías departamentales.

Luego de la revisión de la norma, el SEA concluyó cuatro puntos:

El primero señala que “el convenio intergubernativo para la implementación del SUS se enmarca dentro de la competencia exclusiva del Gobierno Nacional del nivel central del Estado y entidades territoriales autonómicas para la gestión de los sistemas de salud”.

El segundo indica que “el marco normativo vigente permite coordinar las obligaciones de los distintos niveles de Gobierno en la implementación del SUS y posibilita la suscripción de convenios o acuerdos intergubernativos”.

El tercer punto aclara que “estos convenios intergubernativos —propuestos por el Ministerio de Salud— no implican que las gobernaciones pierdan la titularidad en las responsabilidades en materia de salud, sino se autoriza y habilita al nivel central del Estado para que pueda apoyar en el ejercicio concurrente de las responsabilidades para la aplicación del Sistema Único de Salud”.

Finalmente el cuarto manifiesta que “las disposiciones contenidas en el convenio intergubernativo no tienen ninguna observación, ya que las mismas se enmarcan en la normativa vigente que regula la implementación del régimen autonómico en general, así como el ejercicio en las competencias en particular”.

En este contexto, Montaño anunció que se enviará una invitación al Gobernador de La Paz, Félix Patzi, para dialogar y tratar la implementación del SUS en una reunión y así proceder con la firma del convenio.

“Ojalá podamos coordinar una reunión en las siguiente horas o mañana y conjuntamente compartir este informe del SEA. Espero podamos firmar el convenio de manera inmediata y posibilitar que el SUS inicie en los hospitales de tercer nivel del departamento de La Paz”, expresó.

La Ministra agregó que el informe será un antecedente positivo para las Gobernaciones de Santa Cruz y Tarija en el marco de las negociaciones por la implementación del SUS en esas regiones.

viernes, 8 de marzo de 2019

Video Viceministro Alvaro Terrazas ahora habla de la implementación del SUS

Habilitan clínica privada para el SUS ante colapso del Viedma



A una semana de la puesta en marcha del Sistema Único de Salud Gratuito y Universal (SUS), el Ministerio de Salud firmará un convenio con la clínica Los Ángeles para atender a los pacientes graves del hospital Viedma que lleguen remitidos por el SUS, ante las falencias y el colapso de este nosocomio provocados sobre todo por la gran cantidad de pacientes que llegaron en las fiestas de Carnaval.

La directora del Viedma, Daysi Rocabado, informó que entre el 1 y el 6 de marzo se atendieron 47 pacientes del SUS; 30 por consulta externa, remitidos de niveles inferiores, y 17 de emergencia.

“El colapso no es un tema por el SUS, es la consecuencia del excesivo consumo de alcohol de las personas en Carnaval”, explicó la directora a tiempo de señalar que al nosocomio llegaron casos de contusiones, golpes por peleas, heridas de armas blancas, entre otros.

Indicó que el sistema de referencia del SUS no está funcionando con eficiencia, ya que pacientes que podían ser atendidos en los primeros niveles están llegando a veces incluso sin la boleta de referencia.

El convenio con la clínica Los Ángeles cubrirá en primera instancia la terapia intensiva, ya que la actual capacidad del nosocomio fue superada.

“El convenio es para los pacientes del SUS, los que vienen por el SUS, tienen estos documentos y van a ser contrarreferidos”, aseveró.

De momento, el convenio será sólo con Los Ángeles y para casos de gravedad, pero no se descartó que a corto plazo se amplíen los acuerdos con otras clínicas y para otras prestaciones, pero esto dependerá de la cantidad de pacientes del SUS que lleguen los próximos días.

Por su parte, el director del Servicio Departamental de Salud (Sedes), Rodolfo Mena, aseveró que también se firmarán convenios con clínicas privadas para los programas renales y de diálisis, que actualmente ya existen pero serán ampliados acorde a la demanda.

Este medio supo que tres pacientes ya fueron derivados a terapia intensiva de la clínica privada y otros dos pacientes, por diabetes, esperaban en la tarde ser referidos a Los Ángeles.

Uno de ellos, Pedro Gutiérrez, llegó desde Llavini, carretera a Oruro, diagnosticado con diabetes. “Nos dijeron que el SUS va a cubrir casi todo, sólo los medicamentos vamos a pagar. Nos están llevando a la clínica (Los Ángeles), ahí van a cubrir internación y la atención, pero no medicinas”, dijo Demetrio, hijo del paciente.

Contó que lo más molestoso fue el trámite, porque de Llavini les refirieron al hospital de Quillacollo y de ahí al Viedma. “Estamos caminando desde el martes, los trámites tardan mucho. Yo soy albañil y tengo que trabajar”, indicó.

Según la disposición transitoria primera de la Ley 1152 del SUS, el Ministerio de Salud, de manera excepcional, podrá adquirir productos en salud del Subsector Privado hasta lograr el fortalecimiento del SUS.



15 mil atenciones por el SUS. Los 482 hospitales de Cochabamba reportaron la atención de 15 mil pacientes entre el 1 y el 6 de marzo por el SUS.



QUEJAS: LOS COBROS EN EL VIEDMA CONTINÚAN

Varios pacientes se quejaron porque, a pesar de la vigencia del SUS, en el hospital Viedma se sigue cobrando por medicamentos y atenciones. “Estoy sangrando y primero tengo que pagar por unos medicamentos”, dijo Rosario haciendo fila en la caja, agarrándose la herida de su estómago.

La directora del Viedma, Daysi Rocabado, admitió que evidentemente aún se cobran varias prestaciones que no están incluidas en esta primera etapa del SUS, o también si los pacientes no son referidos de la manera adecuada desde los niveles inferiores.



PATZI Y MÉDICOS PLANTEAN APLICAR SUS SIN CONVENIO

El gobernador Félix Patzi y profesionales del área médica de La Paz plantearon ayer implementar el seguro universal del Sistema Único de Salud (SUS) en el departamento sin la firma del convenio intergubernativo propuesto por el Gobierno central.

La posición surgió después de una reunión entre el Gobernador, el Colegio Médico y el sindicato de profesionales en salud.

El convenio propuesto por el Gobierno es rechazado por la Gobernación, porque le quita competencias, y por los médicos, porque temen por sus puestos de trabajo.

Patzi aseveró que el sector salud está predispuesto a implementar el seguro universal en tiempos cortos, pero para ello exige que el Gobierno central pague los insumos, garantice 5 mil ítems para trabajadores que están bajo contrato y proveer equipamiento e infraestructura con contraparte de la Gobernación.

miércoles, 6 de marzo de 2019

5.000 médicos cubanos trabajan en brigadas

Parte de unos 90.000 médicos cubanos que salieron del Brasil en los dos últimos meses podrían ser contratados por el Gobierno para cubrir las supuestas falencias de profesionales en el Sistema Único de Salud SUS, inaugurado el pasado 1 de marzo, mientras que en el país 10.000 profesionales se encuentran desocupados.

El vicepresidente de la Federación Médica del Departamento de La Paz (afín al Gobierno), Lenin Calisaya, en entrevista con EL DIARIO, estimó al respecto que en Bolivia existen cerca de 5.000 profesionales pertenecientes a la brigada cubana y la mitad de ellos trabajan en programas del Ministerio de Salud, mientras que la otra mitad postula a residencias médicas en el país. Se conoció que existen médicos cubanos en el noroeste del país y en otras ciudades intermedias, con goce de altos salarios, vivienda y otros beneficios otorgados por el Gobierno.

El dirigente manifestó su preocupación por la llegada e inserción de médicos cubanos al sistema de salud estatal del país, cuando existe una importante cantidad de médicos desempleados.

Solo en La Paz se estima que existen 2.500 médicos en esa situación. Según Fernando Romero, dirigente del Sindicato de Ramas Médicas y Afines (Sirmes) de La Paz, en todo el país se tienen cerca de 10.000 médicos desocupados.

LULA Y ROUSSEFF

Unos 90.000 médicos de la Isla abandonaron Brasil donde apoyaban los planes de salud del expresidente Lula da Silva y de su sucesora, Dilma Rousseff, ambos alejados del cargo por acusaciones de corrupción.

El dato fue transmitido por Radio Martí hace un par de meses. Según la radioemisora orientada a la isla que difunde desde Miami, Estados Unidos, el presidente Jair Bolsonaro dispuso esa drástica determinación porque, “no pretende dar empleo a esclavos”. El presidente del vecino país inició su mandato el 1 de enero pasado.

Según la radioemisora internacional que transmite en la banda de 25 metros en onda corta y cuyos contenidos son críticos al régimen de la isla, los médicos cubanos dejaron Cuba a condición de que ninguno de sus familiares salga de ahí y entretanto los mismos no retornen de Brasil, lo que en criterio del presidente del vecino país, es una manera de mantener a los profesionales y a sus familias en “esclavitud”, dijo la radioemisora.

UNIVERSIDAD

Por su parte, Javier Peñaranda, decano de la Facultad de Medicina de la Universidad Mayor de San Andrés (UMSA), informó que hoy los directivos de facultad analizarán la coyuntura actual del sector médico y la situación de los titulados.

Señaló que en esta reunión se determinarán las acciones pertinentes que asumirá la Universidad en función a las distintas noticias que se están produciendo en el país.

A decir de Peñaranda, la contratación de médicos formados en Cuba para que desempeñen funciones en Bolivia es ir contra del mismo Estado. “Cuando de pronto el Estado no da empleo a médicos (bolivianos) capacitados es una gran contradicción”, sostuvo.

Se espera que en los próximos días, luego del análisis que realizarán las autoridades universitarias, se emita una posición para que la población esté informada sobre las condiciones de aplicación del Seguro Único de Salud (SUS) y contratación de médicos extranjeros.

ASAMBLEA

Para mañana, los médicos convocaron una asamblea nacional para definir las estrategias de movilización que iniciarán en demanda de mejores condiciones para el sistema de salud del país y el funcionamiento del Sistema Único de Salud (SUS) que inició atenciones con graves carencias en seis departamentos

A pesar de que no se haya llegado a acuerdos con La Paz, Santa Cruz y Tarija aún se mantiene en suspenso el diálogo con el municipio y la gobernación paceña y en los dos departamentos restantes. El pasado primero de marzo se inauguró la implementación del SUS, los nosocomios de la sede de Gobierno reportaron que no se implementó el nuevo sistema gratuito por falta de información del nuevo sistema, aunque se supo que ofrecerá al menos 300 prestaciones.

sábado, 2 de marzo de 2019

Caos, falencias y desinformación en hospitales marcan el inicio del SUS



Félix Espinoza acudió ayer al Centro de Salud de Sarcobamba, al oeste de la ciudad, para hacer atender a uno de sus hijos que se puso mal, pero tuvo que hacer dos colas: primero para inscribirse al Sistema Único de Salud (SUS), ya que no pudo hacerlo antes, y la segunda cola fue para la atención misma. Había unas 30 personas antes que él.

Minutos antes, el presidente Evo Morales, el gobernador Iván Canelas y el alcalde suplente temporal Iván Tellería, en el mismo hospital, habían presenciado e inspeccionado la primera atención del SUS, el sistema de salud gratuito estatal que entró en funcionamiento a pesar de las críticas.

La “prueba” liderada por el Presidente fue un éxito. El paciente Marcelo Inturias se atendió una dolencia muscular en tiempo casi récord, bajo la mirada vigilante del presidente Morales. En el interín, el jefe de Estado se dio tiempo de hacer un contacto por Telesalud con médicos y pacientes de varios municipios del país, que ya lo esperaban para darle el reporte.

En el acto de inauguración oficial del SUS, en las afueras del hospital Materno Infantil Germán Urquidi, el Presidente admitió que los 200 millones de dólares presupuestados para el SUS este año serán insuficientes, por lo que comprometió partidas extra.

A la misma hora, en La Paz, los médicos del complejo hospitalario de Miraflores bloquearon la avenida Saavedra mostrando los equipos viejos con los que atienden a sus pacientes.

Camillas viejas, incubadoras en desuso y otros aparatos médicos fueron exhibidos por los galenos que rechazan el SUS. Remarcan que es una “improvisación brutal” del Gobierno, reportaron los medios.

Otra cosa se vio en Cochabamba, donde el mandatario llegó con un paquete de medicinas, equipos e insumos valuados en más de 28 millones de bolivianos destinados al complejo Viedma, que contempla cinco centros de tercer nivel.

Este nosocomio, hasta mediodía de ayer, recibió 10 pacientes derivados de centros de primer y segundo nivel, la mayoría por enfermedades pulmonares.

La directora Daysi Rocabado dijo que se comenzó con lo mismo que se tenía antes, pero aseguró que los 118 ítems comprometidos por el Gobierno cubrirán las falencias de personal, y que ya está en proceso de adjudicación la ampliación de las áreas más congestionadas.

Uno de los pacientes referidos dijo que tuvo que esperar más de tres horas, pero que no le costó “ni un peso”.

En Sarcobamba la situación fue similar. El director de ese centro de salud, Fidel Fernández, dijo que el nosocomio atiende generalmente a 140 pacientes por día, abriendo 12 horas diarias, pero que con el SUS la población atendida subirá a 250. “Se inició el SUS con el personal que se tiene, pero hicimos la convocatoria y el requerimiento de 42 profesionales nuevos”, dijo a tiempo de asegurar que el objetivo es atender 24 horas. Actualmente cuenta con una planta de 32 profesionales.

El SUS inició ayer en seis de las nueve regiones. En Santa Cruz, Tarija y La Paz, el flamante seguro universal está estancado por la falta de convenios intergubernativos. Las regiones rechazan firmarlos porque consideran que ceden competencias autonómicas.



1,8 millones de adscritos registró el SUS a nivel nacional. Sin embargo, se aclaró que las inscripciones siguen abiertas.



DECLARACIONES

"Hay que ver cómo va a ser el SUS, a ratos prometen y no cumplen. Hay que ver si hay médicos, la personas recién están conociendo". Félix Espinoza. Vecino de Sarco

"Gracias, señor Presidente, por el SUS. Esperábamos esta oportunidad para acceder a salud gratuita". Marcelo Inturias. Primer paciente del SUS en Sarco



NÚMERO DE CARNET ES CÓDIGO DEL SUS

Los adscritos al SUS sólo necesitan el número de carnet de identidad para acceder al sistema, tras la firma de un convenio entre el Segip y el Ministerio de Salud. En adelante, el número de carnet es el código del SUS de cada paciente. Asimismo, el Ministerio activó la ampliación SUS Bolivia, con toda la información sobre el sistema de salud, que se descarga desde Play Store.