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miércoles, 31 de mayo de 2017
En la CNS convocan a capacitación a médicos y el Defensor pide no burlarse del fallo
En las puertas y paredes de los hospitales de la Caja Nacional de Salud apareció pegada una convocatoria de capacitación para los médicos desde las 00.00 de este miércoles. La acción fue cuestionada por el defensor del Pueblo, David Tezanos Pinto, quien pidió a los salubristas no burlar el fallo de la acción popular que les prohíbe suspender los servicios de salud por cualquier demanda sectorial.
“Cualquier médico, persona, comité, organización u otra forma de agrupación que llamara al paro de servicios médicos, pretendiendo burlar la acción popular, estaría incurriendo en el delito de ‘instigación pública a delinquir agravada’, por atentar contra la función pública, según el artículo 130 del Código Penal, que tiene una pena de privación de libertad de tres meses a dos años”, resaltó el Defensor del Pueblo.
El 18 de mayo, Tezanos Pinto presentó una acción popular en contra del perjuicio de los paros médicos, ante la Justicia. Los galenos rechazan los decretos de gratuidad del certificado médico (antes costaba Bs 30), y de la creación de la Autoridad de Control y Fiscalización del Sistema de Salud, además de la Ley de Libre Afiliación.
La Sala Civil Primera de La Paz, en su condición de Tribunal de Garantías Constitucionales, resolvió el 29 de este mes que se debe cumplir el deber de garantizar el derecho a la salud, en condiciones de normalidad, de todos los usuarios del servicio.
Además, recordó que el artículo 179 del Código Penal señala que: “el servidor público o persona particulares que no cumpla las resoluciones, emitidas en acciones de defensa o de inconstitucionalidad, serán sancionados con reclusión de dos a seis años”.
La Federación de Sindicatos Médicos y ramas Afines de Seguridad Social (Fesimras) emitió un circular instructivo en el que especifica que en asamblea general “se determina sesión académica permanente a partir de las cero horas del día miércoles 31 de mayo”.
El Defensor del Pueblo señaló el alcance de la resolución de la acción popular llega a todo médico afiliado al Colegio Médico de Bolivia por ser éste el representante legal por imperio del artículo 5 de la Ley 3131, del Ejercicio Profesional Médico, así como del artículo 2 del Estatuto Orgánico del Colegio Médico de Bolivia. (31/05/2017)
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