miércoles, 13 de febrero de 2019

LEY N° 1109 - Se aprueba la enajenación, a título gratuito, de un lote de terreno con una superficie de 2.300,90 metros cuadrados (m²), de propiedad del GAM de Uncía

LEY N° 1109
LEY DE 04 DE OCTUBRE DE 2018
EVO MORALES AYMA
PRESIDENTE CONSTITUCIONAL DEL ESTADO PLURINACIONAL DE BOLIVIA
Por cuanto, la Asamblea Legislativa Plurinacional, ha sancionado la siguiente  Ley:
LA ASAMBLEA LEGISLATIVA PLURINACIONAL,
DECRETA:
ARTÍCULO ÚNICO. De conformidad con el numeral 13 del Parágrafo I del Artículo 158 de la Constitución Política del Estado, se aprueba la enajenación, a título gratuito, de un lote de terreno con una superficie de 2.300,90 metros cuadrados (m²), de propiedad del Gobierno Autónomo Municipal de Uncía, ubicado en la calle Pagador, zona N° 1 del Municipio de Uncía, Provincia Rafael Bustillos del Departamento de Potosí, registrado en oficinas de Derechos Reales de Uncía bajo el Folio Real con Matrícula Computarizada N° 5.02.1.01.0001810, cuyas colindancias son: al Norte, con el campo deportivo Manchego; al Sud, con la calle Pagador; al Este, con la Casa Artesanal zona N° 1; y al Oeste, con la Caja Nacional de Salud; a favor de la Caja Nacional de Salud, con destino exclusivo para la construcción de una nueva Unidad Hospitalaria (Hospital Obrero N° 11 “Jaime Mendoza”) de la Caja Nacional de Salud - Distrital Uncía, de conformidad a la Ley autonómica Municipal N° 089, promulgada el 04 de julio de 2018, por el Gobierno Autónomo Municipal de Uncía.
Remítase al Órgano Ejecutivo para fines constitucionales.
Es dada en la Sala de Sesiones de la Asamblea Legislativa Plurinacional, a los veinticinco días del mes de septiembre del año dos mil dieciocho.
Fdo. Lineth Guzmán Wilde, Lilly Gabriela Montaño Viaña, Efraín Chambi Copa, Patricia M. Gómez Andrade, Alicia Canqui Condori, Margarita del C. Fernández Claure.
Por tanto, la promulgo para que se tenga y cumpla como Ley del Estado Plurinacional de Bolivia.
Casa Grande del Pueblo de la ciudad de La Paz, a los cuatro días del mes de octubre del año dos mil dieciocho.
FDO. EVO MORALES AYMA, Alfredo Rada Vélez, Rodolfo Edmundo Rocabado Benavides.

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