miércoles, 8 de enero de 2014

Cajas de Salud deben dar certificado de invalidez en plazo de cinco días

Las Cajas de Salud que no emitan los certificados médicos por invalidez en un plazo de cinco días, el asegurado podrá acudir a una entidad privada para que le extiendan este documento y el costo será cubierto por la primera entidad aseguradora de salud, dijo el secretario de finanzas de la Central Obrera Boliviana (COB), Óscar Tapia.

El dirigente mencionó que este aspecto está comprendido en las modificaciones realizadas en el Decreto Supremo Reglamentario 822 de la Ley de Pensiones 065. Este sector espera la aprobación de la primera norma acordada para que sea aplicada a favor de los trabajadores.

"Ese compañero tiene la posibilidad de irse a una (entidad) privada y hacerse hacer un análisis para determinar su grado de invalidez pero primero debe asistir a su seguro, si en un tiempo determinado el seguro no responde, entonces ese compañero tiene la posibilidad de ir a otro seguro y puede presentar ese estudio", dijo.

El inciso c, parágrafo I del artículo 148, señala que "Si la información remitida por el EGS (Entes Gestores de Salud) es incompleta para respaldar el diagnóstico emitido por el Tribunal Médico Calificador se encuentra facultado para solicitar la complementación dentro de los cinco (5) días siguientes de recibida la misma y el EGS contará con un plazo de cinco (5) días de recibida la solicitud para remitir la documentación solicitada.

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